miércoles, 25 de septiembre de 2013

La sección segunda del DOMA se encuentra cuestionada en su constitucionalidad

Muchos juristas consideran que también la sección tercera, sería inconstitucional, ya que consideran que es contraria al artículo IV de la Constitución Nacional que trata sobre los estados (establece las obligaciones que los estados han de tener entre ellos y las obligaciones del gobierno federal con los estados).

En la Primera Sección de ese artículo IV, establece que: “… los Estados den "fe absoluta y crédito" a las actas públicas, registros, y procedimientos judiciales de otros estados, estableciendo así la validez de cualquier documento legal o sentencia judicial en todo el territorio de Estados Unidos…”

Una señal muy importante por declaraciones del más alto nivel 

Los matrimonios constituidos por personas del mismo sexo, consideran un futuro favorable, a juzgar por los comentarios que efectuó el Secretario de Estado John Kerry en agosto del 2013 en relación con la declaración de inconstitucionalidad de la sección tercera por parte del Tribunal Supremo, diciendo que: “…siempre que un matrimonio se haya celebrado en una jurisdicción que lo reconozca como legal, entonces ese matrimonio es válido según las leyes de inmigración de Estados Unidos, y cada pareja casada será tratada exactamente igual”, tal como reflejó El Nuevo Herald el diario español del sur de la Florida.

Es el momento para consultar a un abogado especializado en inmigración 

En la Florida puedes contactar un bufete prestigioso de abogados especializados en inmigración que puede asesorarte acerca de tus posibilidades de conseguir una residencia permanente para tu pareja del mismo sexo.

Puedes comunicarte para efectuar una consulta o concertar una cita al teléfono 1-800-549-5523 con la firma Colombo & Hurd que cuenta con oficinas en Miami y Orlando en la Florida, como así también con oficinas en Cali, Colombia y San Pablo, Brasil.

Visas de Matrimonio: http://www.colombohurd.com/Espanol/Visas-de-Matrimonio.aspx

No hay comentarios.:

Publicar un comentario