miércoles, 20 de agosto de 2014

Solicitud de Inmigración para trabajadores Extranjeros

En esta fase se trata de probar la idoneidad de la empresa que va emplear al extranjero. Es necesario demostrar fehacientemente que la empresa tiene capacidad económica para absorber la remuneración económica del extranjero. Normalmente se demuestra mediante la declaración de impuestos de periodos anteriores. El problema es que en ocasiones las empresas no declaran en sus impuestos suficiente flujo de dinero o incluso puede ser que hagan declaraciones en pérdidas. Obviamente, en estas situaciones el empleado extranjero se va a ver negativamente influenciado a la hora de obtener la Residencia.

Se debe cumplimentar el formulario I-140 en un plazo de 180 días a partir del momento en que se obtiene la LCA.

Procesamiento Consular

Si el empleado extranjero ya está en los Estados Unidos tiene que rellenar el formulario I-485 para el llamado Ajuste de Estatus o Procesamiento Consular. Por supuesto, en este momento la fecha de prioridad del LCA tiene que estar al día o “current” y en algunos supuestos es factible pedir el Procesamiento Consular en el mismo momento que el formulario I-140. Lo que ocurre es que hasta que el I-140 no está otorgado, no se gestiona el formulario I-485.

Los requisitos para el formulario I-485 son:
            •           Ser inmigrante legal
            •           No estar en situación de infringir los requerimientos de la visa de inmigrante.

Cuando el empleado extranjero no está en los Estados Unidos en el momento de gestión de la residencia, tiene que realizar la solicitud en un consulado americano en el extranjero.


En el área de Massachusetts y los alrededores los abogados de inmigración en Boston 617-303-2601 (opción 0) están a su disposición para aconsejarle y completar esta información y cualquier duda que tenga.